Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO: SIN LUGAR el recurso de apelación con efecto suspensivo, interpuesto por el abogado OSCAR ALVAREZ, en su condición de Fiscal Décimo Séptimo del Ministerio Público del Estado Guárico, y en consecuencia se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 31 de mayo del 2012, así como su fundamentación de la misma fecha; y mediante la cual se decretó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, contenida en los numeral 3°,4° y 9° del artículo 256 ibídem, de presentación cada ocho días ante la oficina de alguacilazgo, prohibición de cambiar de residencia, prohibición de acercarse a la víctima ciudadano; Javier Adolfo Rodríguez Blanco, al ciudadano JOSE DAVID LAMEDA ESCOBAR, quien es de nacionalidad venezolano, natural de Aguada Grande, Municipio U.....