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DISPOSITIVA
Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL propuesta por los profesionales del derecho RAFAEL VILLEGAS ASCANIO, JOSÉ ARAUJO PARRA, ALFREDO RODRÍGUEZ INFANTE, HEDDY DE SOUSA Y CARLOS AGAR VILLASMIL, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 7.068, 7.082, 24.219, 75.332 y 89.530, respectivamente, actuando en su condición de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil "COCA-COLA FEMSA DE VENEZUELA S.A.", (antes PANAMCO DE VENEZUELA, S.A.), de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Dada la naturalez.....