Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO a favor del ciudadano CARLOS RAMON PANTOJA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.794.755, de este domicilio, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno Municipal constante de una superficie de CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SETENTA CENTÍMETROS (441,70 M2), con los siguientes linderos: NORTE: Rafael Villazana en (35,40 Mts), SUR: Pedro Tovar en (35,60 Mts), ESTE: Calle Guaicaipuro en (13,60 Mts) y OESTE: Aserradero Guaicaipuro en (11,50 Mts), ubicada en el Barrio Los Indios, Calle Guicaipuro, Casa S/N, de la ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estad.....