DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio), sobre las mejoras y bienhechurias existentes y anteriormente descritas, ubicadas en el Sector El Juncal, Parroquia El Sombrero, Municipio Julián Mellado del Estado Guárico, con una superficie de aproximadamente CIENTO SETENTA Y CINCO HECTÁREAS (175 Has), la cual esta alinderado de la siguiente manera: NORTE: Carretera Nacional Los Llanos y Oriente; SUR: Terrenos de HUNTE OCHOA; ESTE: Planta Procesadora de Productos Agrícolas; y OESTE: Cementerio Las Lajitas, a favor de los ciudadanos ASDRÚBAL RAFAEL CARRILLO y JUAN FRANCO ZERPA, ambos venezolanos, mayores de edad, productores agropecuarios, titula.....