El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la solicitud de Revisión de Medida hecha por el ciudadano José Ramón Meneses, abogado en ejercicio, y en consecuencia SUSTITUYE la Medida Judicial Privativa de Libertad que pesa contra el ciudadano Antonio José Rojas González, quién es venezolano, natural de esta ciudad, de 32 años de edad, soltero, técnico en contabilidad, residenciado en: La Morera, Calle Pedro Rangel, casa 2 de esta ciudad y cédula de identidad V-10.673.574, de conformidad con lo establecido en los artículos 264 en relación con los artículos 256 ordinales 3º, 5° y 9° y 259 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, quedando el acusado obligado a: Presentarse cada 08 días ante este Tribunal y a No comparecer ante lugares donde expendan bebida.....