DEJÓ SIN EFECTO LA DECISION DE FECHA 27/07/09, mediante la cual se anuló la orden de aprehensión dictada en contra del ciudadano CARLOS GUILLEMRO MORALES y la remisión del Asunto al Tribunal de Juicio, por cuanto de la realización del inventario de Asuntos llevados por el Tribunal de Ejecución, se encontró el Asunto original conformado por TRES PIEZAS, observándose en la SEGUNDA PIEZA, folios 122 y 124, que los ciudadanos CARLOS MORALES GUILLERMO Y CARLOS ALBERTO BELISARIO CEDEÑO fueron debidamente impuestos de la sentencia condenatoria de OCHO AÑOS DE PRESIDIO por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 479 del Código Orgánico Procesal Penal. E igualmente RATIFICÓ la ORDEN DE CAPTURA en contra del ciudadano CARLOS MORALES GUILLERMO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 8.792.466. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 480 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se ORD.....