DISPOSITIVA
El Tribunal de Juicio N° 2 en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECIDE: PRIMERO: NEGAR la prorroga solicitada por la Fiscalía Décimo Primera del Ministerio Público por vencimiento del lapso de dos años de detención de los ciudadanos: CLEIDERMAN MEJIAS, venezolano, natural de Santa Maria de Ipire, Estado Guarico, soltero, Indocumentado, de 20 años de edad, hijo de Maria Gamarra y Omar Mejias, de residenciado en la Calle Táchira, Casa N° 11, Barrio el Bosque, Santa Maria de Ipire, Estado Guarico. Igualmente se le cede la palabra al acusado JHONNY ALBERTO SOTO, quien también impuesto del Precepto Constitucional establecido en el artículo 49 Ordinal 5°, manifestó su deseo de no declarar y suministro sus datos personales y dijo ser y llamarse: JHONNY ALBERTO SOTO, venezolano, natural de Santa Maria de Ipire, Estado Guarico, soltero, Indocumentado, de 22 años de edad, nacido el día 11-09-82, hijo de Francisca Soto y Pedro Tor.....