Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, y del TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada LUIS ORLANDO SEIJAS, venezolano, mayor de edad, casado, de profesión médico, titular de la cédula de identidad Nº V-3.640.568, domiciliado en la ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guárico. Se CONFIRMA el fallo de la recurrida, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, de fecha 18 de Septiembre de 2.012, no admitiéndose la representación del abogado PABLO BOLIVAR CARRASQUEL de conformidad con el párrafo segundo del artículo 83 del Código de Procedimiento Civil, al existir con anterioridad una inhibición para con el juez de la ca.....