Se dictó resolución mediante la cual se decreta la COLOCACIÓN FAMILIAR PROVISIONAL, a favor del niño SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de seis (06) años de edad, a ejecutarse específicamente en el hogar de la ciudadana MARIA ANGELINA VALECILLO TEJERA DE GUEVERA y su esposo el ciudadano EDUARDO JOSE GUEVARA OSORIO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.193.079 y V.-8.937.627, respectivamente, domiciliados en Los Jardines del Valle, Calle 2, Sector Guzmán, Casa N° 45, del Municipio Libertador del Distrito Capital, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 126, literal "i", de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con los artículos 128 y 400, ejusdem.-