III
DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PERENCION DE LA INSTANCIA el presente recurso de abstención o carencia intentado por el abogado Iván M. Bolívar Carrasquel, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.220.934, inscrito en el instituto de previsión del abogado bajo el Nº 7.513, representante judicial de la agropecuaria Pogaban C.A., contra el Instituto Nacional de Tierras (Inti), representado judicialmente por el abogado Ricardo Laurens, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.856.829, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 99.710.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza de la presente sentencia.
TERCERO.....