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Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Divorcio formulada por los ciudadanos MARIA DEL VALLE TABLERA SISO Y RAMON ENRIQUE TIRADO, suficientemente identificados en los autos y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Autónomo Santa Maria de Ipire del Estado Guárico, en fecha 01 de Julio de 1975, según acta N° 31.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, incluso en la pagina web de este Tribunal, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en Valle de la Pascua a los Diez (10) dias del mes de mayo del año 2.010.- Años: 200° de la Independen.....