cual CONDENA a los ciudadanos: MAURO JOSÉ OCHOA MEDINA, venezolano, natural del Sombrero, Estado Guárico, nacido el 15.01.1971, de 39 años de edad, soltero, profesión u oficio agricultor, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.497.509, hijo de Gloria de Ochoa y Luís Ochoa, residenciado en la Parroquia de San Rafael de Orituco, Calle Zamora, Casa S/N, al lado del Bar las Delicias;, a cumplir la pena de DOS(02) AÑOS OCHO (08) MESES por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, BAJO LA MODALIDAD DE DISTRIBUIDOR MENOR EN GRADO DE COAUTORÍA, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano. REYES ALFONZO OCHOA MEDINA, venezolano, natural del Sombrero, Estado Guárico, nacido el 06.01.1969, de 40 años de edad, soltero, profesión u oficio agricultor, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.8.....