En tal virtud, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico. Extensión Calabozo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE: UNICO: Cumplidas como han quedado las obligaciones impuestas dentro del régimen de prueba del la Suspensión Condicional Del Proceso concedido al ciudadano JHONNY RAFAEL CORDERO SOLARTE, venezolano, natural del Tigre, Estado Anzoátegui, edad 28 años, ocupación u oficio obrero, hijo de Zuleida Solarte (v) y Rafael Cordero (v), residenciado en el sector La porfía 02, calle principal, teléfono 0424-8480393, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.460.771, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, por los delitos de Amenaza y Violencia Patrimonial previsto y sancionado en los artículos 41 y 50 ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se extingue la.....