PRIMERO: Se declara CON LUGAR, el Recurso de Hecho ejercido por Instituto Autónomo de la Vivienda del Estado Guárico (I.A.V.E.G.), instituto con personalidad jurídica creado por la Asamblea Legislativa del Estado Guárico, según Ley Regional publicada en la Gaceta Oficial del Estado Guárico, N° 44 Extraordinario, de fecha 16 de Diciembre de 1.994. En consecuencia, se REVOCA el auto de la recurrida, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de fecha 22 de junio de 2.006, ordenándose oír dicha apelación contra el auto de fecha 19 de diciembre de 2.005, en el sólo efecto devolutivo y así se decide.
Regístrese, Publíquese, y Déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada, en la Sala del Despacho del JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, TRÁNSITO, DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO Guárico, en la Ciudad de San Juan de los Morros, .....