Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolívariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la Solicitud de Devolución del Vehículo Placas: 040-170, Clase: Automóvil, Modelo Malibú, Marca: Chevrolet, Tipo: Sedan, Serial del Motor: V0822CDD, Serial de Carrocería: D1W69AEV300807, Año: 1976, Uso: Particular, y en consecuencia se ordena la entrega del referido vehículo a su propietario ciudadano REINALDO DE JESUS COLMENARES, titular de la Cédula de Identidad N°: V-1.484.291, conforme a lo dispuesto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes. Remítase a la Fiscalía del Ministerio Público actuante. Líbrese lo Conducente. Cúmpalse