En fuerza de las consideraciones y razonamientos que anteceden, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS y BIENES de los cónyuges, ciudadanos ANDREA ROLAND D´AMICO GUANIPA y MARIA LUISA CAMPOS RIOS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-18.245.495 y V-19.258.855, respectivamente, decretada el 15 de junio de 2016, en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO que los unía, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 23 de julio de 2014, ante el Registro Civil del Municipio Chacao del Estado Bolivariano de Miranda, bajo el Acta N°.469, folio 219, correspondiente al año 2014.
Se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los Artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano.....