DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación que antecede, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por los abogados JOSÉ MONAZA y BEATRIZ NAVAS, defensores privados del ciudadano LUIS ANGELVIS FARIAS PÉREZ, en contra del fallo del Juzgado Segundo (2º) de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, de fecha 15 de abril de 2013, en la celebración de la audiencia preliminar, donde entre otros pronunciamientos, declaró sin lugar la solicitud de nulidad hecha por la defensa, así como no admitió por extemporáneo los medios de pruebas ofrecidos por la defensa del justiciable, y, admitió la acusación fiscal, ordenando la apertura del juicio oral y público. SEGUNDO: Se confirma la decisión recurrida, referida ut supra.