PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda de desalojo intentada por la parte actora Ciudadano JOAO MARTHINO DE FARIA, de nacionalidad portuguesa, mayores de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad Nro. E- 847.396, domiciliado en la Ciudad del Sombrero Municipio Julián Mellado, del Estado Guárico, en contra del Ciudadano HÉCTOR JESÚS CELIS SOLANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 14.238.717, domiciliado en la Ciudad de del Sombrero, Municipio Julián Mellado del Estado Guárico. En consecuencia se condena a la demandada al pago de los cánones de arrendamiento insolutos de los meses de Marzo a Diciembre de 2010 y enero de 2011, ambos inclusive , a razón de 500,oo Bs cada uno, para un total de Bs. 5.500,oo. Se ordena la entrega a favor del actor por parte del inquilino del inmueble arrendado, específicamente sobre el local sin numero ubicado al lado de la Funeraria el Sombrero, con dos puertas tipo Santamaría, ubicado en la Calle federaci.....