Por las razones antes expuestas, este Tribunal Vigésimo de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre los ciudadanos CRISTOBAL ISAAC PULIDO DACAL y YOSVELYSS ALEJANDRA PAJARIÑO ASCANIO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nro. V-15.662.628 y V-17.802.922, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha 26 de agosto de 2009, por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda, según consta de acta de matrimonio Nº 311, del libro de matrimonios correspondiente al año 2009.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autoridades correspondientes a .....