En consecuencia, por virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO EFECTUADO POR LA PARTE DEMANDANTE, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente, dejando a salvo los derechos de terceros, de igual forma se deja sin efecto la medida de secuestro decretada en el presente juicio en fecha 03-10-2016, y practicada por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipios Pedro Zaraza de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 10-10-2016, y acuerda oficiar lo conducente al Depositario Judicial designado en autos.
Publíquese, incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, regístrese y déjese copia certificada en este Tr.....