DISPOSITIVA: Con fuerza en las motivaciones precedentes, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se declara sin lugar el recurso de apelación ejercido por los abogados THOMAS ENRIQUE VELÁSQUEZ SANOJA y ZENAIDA COROMOTO SALAZAR GONZÁLEZ, defensores privados del ciudadano JOSÉ GREGORIO PADILLA RUIZ, en contra de la decisión proferida por el Juzgado Segundo (2º) de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, de fecha 23 de agosto de 2016, y fundamentada en esa misma fecha (23/08/2017), que, entre otros pronunciamientos, decretó la privación de libertad al prenombrado justiciable, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de Extorsión, tipificado en el artículo 16 de la Ley Contra el Se.....