en virtud de lo anterior esta Sala de Juicio Novena, en aras del principio de la celeridad procesal, decreta de conformidad con el artículo 383 literal "b" eiusdem la extinción de la Obligación Alimentaria fijada en fecha 02 de marzo de 1993, por el extinto Juzgado Noveno de Familia y Menores de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en consecuencia, ordena levantar la medida de embargo que pesa sobre las prestaciones sociales del ciudadano LUCIANO PERNIA SANDIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.551.970, comunicada mediante oficio N° 1842 de fecha 17 de junio del año 1993, al Jefe de la oficina Ministerial de Personal del Ministerio de Transporte y Comunicaciones (hoy Instituto Nacional Tránsito y Transporte Terrestre, Direccion Nacional del Cuerpo Técnico de Vigilancia del Tránsito y Transporte Terrestre, Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura). Asimismo, se designa correo especial al ciudadano LUCIANO PERN.....