El Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la aprehensión en flagrancia del ciudadano imputado ANNY JOSE MENDOZA SALAZAR, venezolano, de 19 años de edad, nacida en fecha 24/08/90, portador de la cedula de identidad Nº 19.601.822, de profesión u oficio Obrero, de estado civil soltero, residenciada en Barrio Las Dinamitas, calle principal, casa Nº 38, por la última entrada, Calabozo, Estado Guárico, conforme a lo previsto en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que se encuentran llenas las exigencias establecidas en dichos artículos. SEGUNDO: Se acuerda la prosecución del presente proceso bajo las reglas del procedimiento ordinario, a fin de que el Ministerio Publico realice las investigaciones necesarias restantes y emita el correspondie.....