Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia Civil y de menores, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la demanda incoada por la ciudadana :DANYS AMERICA ORDOSGOITTY VILLARROEL, en representación de sus hijas : XXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXX, en contra de : RICHARD RAFAEL RAMOS ZAMORA, con motivo del juicio de Solicitud de de Obligación de Manutención , por tanto se ratifica sentencia emanada de tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 02, San Juan de los Morros, la cual se anexó en copia certificada, donde para aquella fecha dicho Juzgador, entre otras cosas dictamino: ".... En relación a las niñas: XXXXXXXX y XXXXXXXXXX, se dispone que ambos padres ejercerán la patria potestad; la Gua.....