Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal N° 01 de Control de Primera Instancia en lo Penal de la Extensión Calabozo del Circuito Judicial penal del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad a lo establecido en el artículo 318 ordinal 2°, por no ser típico el hecho investigado; decreta al SOBRESEIMIENTO de la presente averiguación en la cual aparece como presunta víctima el occiso CARLOS ARSENIO MONTES DE OCA, de 49 años de edad, soltero, mecánico, titular de la cédula de identidad N° 3.849.785., natural de Palo Negro, Estado Aragua, y residenciado en la Ollas de Caramacate, Estado Aragua, hijo de MARIA ANGELINA MONTES DE OCA DE TORREALBA.-
Como consecuencia del anterior pronunciamiento y conforme a las prescripciones del artículo 319 eiusdem, se declara terminado el procedimiento.
Regístrese, diarícese y publíquese, notifíquese a las partes de la anterior decisión.