Se declaró CON LUGAR, la demanda interpuesta por la ciudadana MARIA DEL PILAR PERLAZA HENAO, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V.- 17.125.242, debidamente asistida por la ciudadana BEATRIZ ZAMORA, abogado Adscrito a la Defensoria Pública Primera de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre y representación de su hijo ----y en consecuencia ordena, se estampe la debida nota marginal en la partida correspondiente con el objeto de subsanar la situación irregular en la que se encuentra la partida de nacimiento del niño arriba nombrado, en lo que respecta al primer apellido de la madre del mismo y por ello donde dice "PERLOZA," deberá decir "PERLAZA,", que es lo correcto, quedando así rectificada el acta consignada.