Vista el convenimiento que corre en el folio Siete (07), realizado entre los ciudadanos: PABLO ALFONSO ZERPA ROJAS, venezolano, mayor de edad, soltero, vacunador, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.999.907, y ENNY DEL VALLE VILLALTA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, estudiante, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.528.598, quien actúa en representación de su hija (identificada en autos), parte demandada en el presente juicio de Obligación de Manutención, donde se estableció como Obligación de Manutención la cantidad de Doscientos Bolívares (Bs. 200, 00) mensuales, mas lo correspondiente a la época escolar y a la época decembrina, mas lo concerniente a gastos médicos y medicinas cuando lo amerite en 50% cada uno. El Tribuna deja expresa constancia que el monto aquí establecido variara de acuerdo con la inflación que sufra los incrementos salariales, en consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, l.....