En virtud de lo cual con fuerza en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela ACUERDA, librar la correspondiente Orden de Aprehensión al acusado EDGAR MANUEL SILVA TORRES, venezolano, mayor de edad, Natural de Altagracia de Orituco, Estado Guarico, soltero, de profesión u oficio latonero, titular de la cedula de identidad N° V-14.130.009, de 24 años de edad, hijo de Elva Torres y de Marino Silva, residenciado en caserío en Mamonal de Orituco, Calle La Lomita, Casa N° 23, en el presente asunto seguido por la presunta comisión del delito Robo Agravado, previsto y sancionado en el articulo 460 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano VICTOR JUVENCIO ARAY CARVAJAL, al evidenciar el incumplimiento de las medidas cautelares impuestas al referido ciudadano de conformidad con lo dispuesto en el artí.....