DISPOSITIVA:
El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control 04 del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE la Acusación presentada por la Fiscalía 14º del Ministerio Público en contra del imputado JORGE LUIS HIDALGO PINO, plenamente identificado, por el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, de conformidad con el artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: ADMITE totalmente las pruebas ofrecidas por la vindicta pública, de conformidad con el artículo 330 ordinal 9° del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Admitidos los hechos y vista la solicitud de la inmediata imposición de la pena, se CONDENA al acusado JORGE LUIS HIDALGO PINO, a cumplir la pena UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES de prisión más las accesorias de Ley, por la comisión del.....