-III-
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Sala de Juicio Novena Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, vista la demanda de CUMPLIMIENTO Y REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la ciudadana NELLYS MARGARITA GUTIERREZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 11.302.843, en representación de su hijo (...), de (...) años de edad, contra el ciudadano LUIS HUMBERTO LOPEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 10.161.610, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Cumplimiento de Obligación de Manutención, en consecuencia, se condena al ciudadano LUIS HUMBERTO LOPEZ, al pago de la suma de BOLIVARES QUINIENTOS DIECINUEVE CON QUINCE CENTI.....