Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, y del TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, el Recurso de Regulación de la Competencia, interpuesto por la parte demandada, Ciudadano NESTOR CELESTINO SORIA CABEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.308.494 y de este domicilio. Se REVOCA el fallo accionado, emanado del Juzgado de la recurrida, Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de San Juan de los Morros, de fecha 20 de Marzo de 2.012, se declara COMPETENTE para conocer de la presente acción de partición y liquidación de comunidad conyugal al Juzgado de la recurrida, Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del .....