PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación del Actor ¿ Recurrente Ciudadano LUIS GUILLERMO HERNANDEZ RINCÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.761.550, y domiciliado en la Población de Valle de la Pascua, Estado Guárico. Se CONFIRMA el fallo de la recurrida Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de Valle de la Pascua, de fecha 29 de abril de 2009. Se ordena así, la reposición de la causa conforme a los artículos 206 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, al estado de admitirse nuevamente la demanda, ordenándose la citación, tal cual lo solicitó el actor en su escrito libelar, es decir: : " ... solicito la citación personal del ciudadano JUAN CARLOS APONTE CAMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.621.368, en la siguiente dirección Calle Atarraya con Avenida Circunvalación diagonal al hotel , San Marco, .....