PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR la apelación intentada por la parte actora Ciudadana GLADYS MARGARITA FERRER ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.665.071.. Se CONFIRMA la Sentencia emanada de la recurrida, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de San Juan de los Morros, de fecha 25 de Octubre del año 2.005. En consecuencia, se niegan las medidas cautelares solicitadas y así se decide.
SEGUNDO: Por cuanto se confirma en su totalidad la Sentencia recurrida, se condena al pago de las COSTAS del recurso a la parte actora, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide.
Publíquese, Regístrese y déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito, y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del.....