Esta Juez Unipersonal XIV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente y Nacional de Adopción Internacional, sin perjuicios de terceros y sin prejuzgar el dicho de los testigos promovidos concede AUTORIZACIÓN PARA SEPARARSE DEL HOGAR, con sus enseres personales, a la ciudadana ISMELIS EUGENIA CARABALLO, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad N° V-12.291.755, acompañada de su (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente); a la siguiente dirección: Edificio "Residencias Guayabal", torre "B", piso 6, apartamento 61-B, Urbanización Alameda del Municipio Baruta; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 138 del Código Civil en concordancia con el literal "e" parágrafo cuarto del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídase por secretaría copia certificada y ent.....