En consecuencia, y en virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCION EFECTUADA POR LAS PARTES, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada da por terminado el presente juicio, dejando a salvo los derechos de terceros.
Así mismo se dejan sin efecto las medidas de prohibición de enajenar y gravar decretadas, las cuales les fueron participadas al Registrador Inmobiliario y Registrador Publico del Municipio Pedro Zaraza del Estado Guárico, mediante oficios Nros. 107-11 y 106-11 de fecha 07-02-2011 y se acuerda oficiar lo conducente al Registro Publico del Municipio Pedro Zaraza del Estado Guárico, y a su vez se decreta medida de prohibición de enajenar y gravar sobre el Fundo denominado "GUAYABITO" propiedad del demandado, en la jurisdi.....