REFORMÓ DE OFICIO EL COMPUTO POR REDENCION de fecha 30/10/07, por existir error en la fecha de detención y de tiempo redimido. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. E igualmente REFORMÓ COMPUTO DE LA PENA POR REDENCION a favor del ciudadano LEONARDO JOSE MARTINEZ PALOMO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad V- 15.789.977, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, con fecha de nacimiento el 29/09/82, de 27 años de edad, hijo de los ciudadanos Dominga Antonia Palomo y Pedro Ramón Martínez, actualmente recluido en la Penitenciaria General de Venezuela, determinándose como fecha de cumplimiento definitivo de la pena de ONCE AÑOS, UN MES Y DIEZ DE PRESIDIO impuesta, 22/04/2013. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 482 y 501 del Código Orgánico Procesal Penal y con fundamento en la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de V.....