REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Calabozo, 17 de Junio de 2.016
206º y 157º
Visto el escrito de la presente demanda, por Acciones Derivadas de Perturbación o Daños a la Propiedad o Posesión Agraria, presentada en fecha 14 de Junio de 2.016, por la ciudadana Adelina Ramona Laya Lima, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V- 8.194.335, asistidas por los abogados José Luís Briceño García y José Arquímedes Díaz, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 261.864 y 60.919 respectivamente. A los fines de su admisión, es conveniente hacer la siguiente consideración;
De la lectura del escrito se deduce que la parte accionante, ciudadana Adelina Ramona Laya Lima, no manifestó claramente el carácter o posición que mantendrá en el presente litigio, dado que no aclara si actúa en su propio nombre o en representación de la Asociació.....