Decisiones del dia 17/07/2006
N° Expediente :
AP51-S-2006-010283
N° Sentencia :
PJ0292006000221
Fecha: 17/07/2006
Procedimiento: Divorcio 185 - A
Partes: CIUDADANOS: IRGB Y LDVV, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NOS. V-6.120.192 Y V-8.363.382, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
Por los motivos antes expuestos, este despacho judicial a cargo de la Juez Unipersonal No. XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la petición de Divorcio incoada por los ciudadanos IRGB y LDVV, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nos. V-6.120.192 y V-8.363.382, respectivamente. En consecuencia, queda disuelto el Matrimonio Civil que contrajeron el día 02 de abril 1.982, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía del Municipio Libertador, cuya acta de matrimonio fue inserta en el libro de Matrimonios del año 1.982, folio 365, acta N° 365.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 351 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, los progenitores de la adolescente xxxxxx; llegaron a un acuerdo sobre los aspec.....
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
AP51-S-2006-009231
N° Sentencia :
PJ0292006000218
Fecha: 17/07/2006
Procedimiento: Divorcio 185 - A
Partes: CIUDADANOS: EGAL Y EDCPV, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y TITULARES DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NOS. V-9.099.321 Y V-6.211.700, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
Por los motivos antes expuestos, este despacho judicial a cargo de la Juez Unipersonal No. XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la petición de Divorcio incoada por los ciudadanos EGAL y EDCPV, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nos. V-9.099.321 y V-6.211.700, respectivamente. En consecuencia, queda disuelto el Matrimonio Civil que contrajeron el día 04 de septiembre 1.981, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria del Municipio Libertador cuya acta de matrimonio fue inserta en el libro de Matrimonios del año 1.981, bajo acta N° 296
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 351 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, los progenitores de la adolescente xxxxx; llegaron a un acuerdo sobre los aspectos.....
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
AP51-S-2006-010965
N° Sentencia :
PJ0292006000219
Fecha: 17/07/2006
Procedimiento: Divorcio 185 - A
Partes: CIUDADANOS: JBI Y JJDP, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y TITULARES DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NOS. V-14.294.812 Y V-13.822.666, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
Por los motivos antes expuestos, este despacho judicial a cargo de la Juez Unipersonal No. XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la petición de Divorcio incoada por los ciudadanos JBI y JJDP, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nos. V-14.294.812 y V-13.822.666, respectivamente. En consecuencia, queda disuelto el Matrimonio Civil que contrajeron el día 05 de noviembre 1.996, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Recreo del Municipio Libertador cuya acta de matrimonio fue inserta en el libro de Matrimonios del año 1.996, bajo acta N° 169.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 351 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, los progenitores de la niña xxxxxx; llegaron a un acuerdo sobre los aspectos relativ.....
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
AP51-S-2006-007638
N° Sentencia :
PJ0292006000220
Fecha: 17/07/2006
Procedimiento: Divorcio 185 - A
Partes: CIUDADANOS: WEE Y YDCRC, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y TITULARES DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NOS. V-13.379.861 Y V-11.045.312, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
Por los motivos antes expuestos, este despacho judicial a cargo de la Juez Unipersonal No. XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la petición de Divorcio incoada por los ciudadanos WEE y YDCRC, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nos. V-13.379.861 y V-11.045.312, respectivamente. En consecuencia, queda disuelto el Matrimonio Civil que contrajeron el día 09 de abril 1.992, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre del Municipio Libertador, cuya acta de matrimonio fue inserta en el libro de Matrimonios del año 1.992, bajo acta N° 108.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 351 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, los progenitores del niño y del adolescente xxxxxxx; llegaron a un acuerdo sobre los aspec.....
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
AP51-S-2006-012981
N° Sentencia :
PJ0292006000212
Fecha: 17/07/2006
Procedimiento: Separación De Cuerpos Y Bienes
Partes: CIUDADANOS: YCCM Y SOQ, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-13.735.251 Y V-7.684.310, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
En consecuencia esta Sala de Juicio, ADMITE la presente solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el literal "i" Parágrafo Primero del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS y BIENES, en los mismos términos y condiciones expuestos en el escrito de solicitud, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 189 y 190 del Código Civil. Óbviese la notificación al Representante del Ministerio Público, en aplicación del criterio de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, expuesto en la Sentencia del 17/05/2001, expediente Nº 00-506, en concordancia con lo previsto en el numeral (2do), del artículo 131 del Código de Procedimiento Civil, que establece los supuestos en que es obligatoria la intervención del Ministerio Público. Asimismo, este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, acuerda respetar las resoluciones tomadas por las partes .....
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente