Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico- Sede San Juan de los Morros, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: LA EXTINCIÓN DE LA PENA y DE LA ACCIÓN PENAL, POR CUMPLIMIENTO DE PENA. Al penado NELSON GREGORIO RANGEL HERNANDEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-8.781.785, natural del Sombrero, Estado Guárico, de 50 años de edad, soltero, hijo de de Ricardo Antonio Rangel y de Ana Hernández de Rangel, domiciliado en el callejón Guárico Nº 16, el Sombrero, estado Guárico. De conformidad con los artículos 105 del Código Penal y 471, 474, Del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal. Por la comisión del delito de Robo Agravado, Porte Ilícito de Arma de Fuego y Resistencia a la Autoridad, previstos y sancionados en los artículos 460, 278 y 216, ordinales 1º en relación con los art.....