Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, actuando como Tribunal Unipersonal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: De conformidad con lo previsto en los artículos 45, 48.7° y 318.3° del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, y consecuencialmente el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida en contra del ciudadano CARLOS OMAR GUERRERO, venezolano, de 30 años de edad, soltero, Chofer, natural de Pregonero Estado Táchira, donde nació en fecha 04-04-1978, hijo de Ana Urbina y de Carlos Guerrero, domiciliado en las Minas de Baruta, Edificio Oddet, piso 01, apartamento 01, caracas y titular de la Cédula de Identidad N° 16.983.164, por la presunta comisión del delito LESIONES CULPOSAS GRAVISIMAS, previsto y sancionado en el artículo 414 en concordancia con el a.....