DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial Del Estado Guárico, actuando en su competencia, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, intentada por la Defensa Pública Agraria del estado Guárico (extensión Calabozo), abogado José Arquímedes Díaz, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 60.919, en representación de la Cooperativa "Unidos en el Esfuerzo por la Agricultura. R.L.", representada legalmente por la ciudadana Marisol López Pérez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-12.477.938.
SEGUNDO: Por cuanto el presente fallo es publicado dentro del lapso legal que establece el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión expresa del artículo 186 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en su parte final, se hace innecesaria la notificación.
TERCERO: Debido a .....