Por las razones anteriormente expuestas, este Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Juez Unipersonal Nº VII, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos y bienes que rige entre los ciudadanos GUSTAVO ENRIQUE MONSALVE MARIN y MILDRESS YOSELIN MAITIN CENTENO, ambos venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V.-10.543.131 y 11.305.544, respectivamente.
En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 01-10-1994, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José del Municipio Libertador del Distrito Federal (hoy Distrito Capital). En tal sentido se ordena:
Conforme a la Ley, la Patria Potestad sobre los hijos habidos en el matrimonio, de nombres, será ejercida .....