Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, intentada por los ciudadanos JOSE ANTONIO DE LA CHIQUINQUIRA SUAREZ FUENTES y ZENAIDA JOSEFINA PAREDES PEINADO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-11.729.232 y V-11.013.592, respectivamente fundamentada en el artículo 185-A, del Código Civil y en consecuencia DISUELTO POR DIVORCIO, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha once (11) de diciembre del año mil novecientos noventa y siete (1997), por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, según consta en acta Nº 310, Tomo 1, de los libros de registro de matrimonios llevados por la autoridad anteriormente seña.....