DISPOSITIVA: Con fuerza en la motivación que antecede, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se admite el presente recurso de apelación de conformidad con lo establecido en los artículos 374, 424, 427, 428 y 439 todos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Germán Borrego, Fiscal de Flagrancia del Ministerio Público del estado Guárico. TERCERO: Se Confirma la decisión dictada el 18 de abril de 2017 y publicada en esa misma fecha, por el Juzgado Primero (1º) de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Valle de la Pascua, que acordó imponer al ciudadano Ramón Rafael Armas, medida cautelar consistente en la consignación de Dos (02) fiadores de reconocida solvencia moral y económica, y una vez constituida la fianza, se deberán presentar ca.....