Concatenando la Probanzas acompañadas por la solicitante como es el acta de defunción y copia de la cédula de identidad del ciudadano Ramón Arturo Rengifo, partidas de nacimiento y copias de las cédulas de identidad de los ciudadanos Gladys Mercedes Rengifo Moreno, Mercedes Josefina Rengifo Moreno, Arturo Celestino Rengifo Moreno, Jose Ramón Rengifo Moreno y Nelly Mercedes Rengifo Moreno, acompañando todo lo antes descrito con los dichos de los testigos concordantes entre sí, resulta forzoso para este Tribunal concluir a tenor de lo dispuesto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, que los ciudadanos GLADYS MERCEDES RENGIFO MORENO, MERCEDES JOSEFINA RENGIFO MORENO, ARTURO CELESTINO RENGIFO MORENO, JOSE RAMON RENGIFO MORENO y NELLY MERCEDES RENGIFO MORENO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº 4.354.411, 6.113.529, 4.809.918, 6.277.435 y 4.354.415, respectivamente, son los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cuj.....