DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones este Tribunal Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR la demanda por INTERDICTO POR PERTURBACION, intentada por el ciudadano ALFREDO GAETANO PULVIRENTI HERNANDEZ, INPREABOGADO Nº 171.511, Apoderado Judicial de la ciudadana MILDRED DEL VALLE ALVIAREZ, Titular de la Cedula de Identidad Nro. V- 8.781.029, contra la ciudadana OFELIA DEL VALLE JASPE MORALES, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 8.781.175, y se Ordena lo siguiente,
PRIMERO: SE Ordena levantar la medida de PROHIBICION DE CONSTRUCCION, decretada sobre el lote de terreno ubicado en el Barrio PUERTO RICO, Callejón las Flores, de (162,45 m2), cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Parcela de ORLANDO JASPE, en 14, 00 ML, SUR: Solar de Casa de SUCESION ALEJANDRO JASPE, en 19, 40 ML, ESTE: Solar y Casa de GLADYS TOVAR, 12,40 ML, OESTE: Callejón las Flores, en 8, 30 ML. En la ciudad de San .....