DISPOSITIVA
La Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de auto interpuesto en fecha 31/01/2014, por la Abogada JENNY RUEDA, en su condición de Defensora Privada de la ciudadana MARICARMEN CELIA BELTRAN BRIZUELA, en contra de la decisión publicada en fecha 06/12/2013, por el Tribunal Penal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal, Sede San Juan de los Morros, Estado Guárico, de conformidad con lo establecido en el artículo 293 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión publicada en fecha 06/12/2013, por el Tribunal Penal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal, Sede San Juan de los Morros, Estado Guárico. Publíquese, Regístrese, diarícese y remítanse las presentes actuaciones a.....