este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; administrando Justicia en nombre de Dios, de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR como ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y en consecuencia conforme a los autos se declara a su Esposo JOSÉ RAMON SIFONTES REQUENA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.167.166 y a sus hijas, ESPERANZA KATIUSKA SIFONTES VALERO, MARIA VICTORIA SIFONTES VALERO, NELLY GERALDINE SIFONTES VALERO, venezolanas, mayores de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-14.705.427,V- 14.705.428, V-15.797.251, como ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos dejados por la DE CUJUS, AGUEDA VALERO DE SIFONTES,