éste Juzgado Duodécimo De Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con el Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil en demanda por Cumplimiento de Contrato incoada por el abogado GARETH JOHNSTON REYES, en carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JAIME JIMENEZ y FRANCISCO JIMENEZ CINNIRELLA, titulares de las cedulas de identidad Nos. 6.191.048 y 3.976.020, respectivamente contra ciudadano GUSTAVO JOSE PADILLA FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad número 3.477.218.
Asimismo, no hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, por la especial naturaleza del presente fallo.