DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley hace el siguiente pronunciamiento: UNICO: Revoca la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad que le fue concedida al ciudadano JUAN JOSÉ CORONADO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.392.391, natural de San Juan de Los Morros Estado Guárico, de 32 años de edad, nacido en fecha 11 de Agosto de 1977, soltero, de profesión u oficio estudiante, domiciliado en Calle Las Mercedes, Barrio San Nicolás, casa Nº 15, cerca del Mercal, hijo de María Coronado (f) y Juan La Rosa (f), por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455.3 del Código Penal Venezolano vigente la para la época, decretándosele en su contra Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad a los fines de garantizar las resultas del presente procedimiento, SE ORDENA SU CA.....